CAPÍTULO 1. Institucionalización del Manual de Convivencia

Educamos para la inclusión social y el desarrollo humano


CAPÍTULO 1. Institucionalización del Manual de Convivencia

 

ARTÍCULO 2. Definición    

El Manual de convivencia es el conjunto de normas encaminadas a facilitar el buen funcionamiento de la Institución Educativa, la formación de hábitos y la regulación de las relaciones entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, otorgándoles deberes y derechos, así como los mecanismos para hacerlos efectivos. 


ARTÍCULO 3. Objetivos del Manual

1. Propender por la convivencia armónica de los diferentes estamentos que conforman la Comunidad Educativa Renán Barco y la formación integral del estudiante.
2. Educar al estudiante conforme a las normas morales, éticas y sociales para la formación de personas que sean capaces de identificar, de prevenir y evitar la drogadicción, el alcoholismo y la prostitución, el miedo de denunciar los comportamientos sociales indeseables, la negligencia para el cuidado del medio ambiente, el acoso, abuso y  violación.
3. Señalar las funciones, los deberes y los derechos que corresponden a las diferentes personas que integran los estamentos existentes de la comunidad educativa.
4. Establecer objetivamente las formas de supervisión, control y evaluación de los comportamientos escolares, el desempeño profesional de los docentes, directivos y administrativos con la participación de los diferentes estamentos a través de sus representantes y líderes.
5. Reglamentar las formas de participación del estudiante, padre, madre y/o acudientes, docentes y directivos en el gobierno escolar.
6. Evitar la toma de decisiones administrativas, académicas y pedagógicas sin fundamentación legal que puedan derivar en interposición de recursos legales.
7. Formar en el respeto, la honradez y el compromiso haciendo de los estudiantes personas que reconocen los derechos y la dignidad ajena y son capaces de generar honestidad, decencia y de hacerse personas responsables de las obligaciones adquiridas.
8. Formar ciudadanos para el trabajo, el orden, la participación y la democracia, con el fin de crear vínculos con los procesos sociales, económicos, culturales de la región y el país.
9. Fomentar la sociabilidad, la amistad y el patriotismo en el estudiante para que se incline por el trabajo y la relación desinteresada con las demás personas mostrando afecto, respeto y siendo útil a la patria.
10. Formar en la prudencia, la flexibilidad y la comprensión para que el estudiante adquiera disponibilidad de adaptarse fácilmente a diversas situaciones, comprenda la realidad que lo rodea y actúe con moderación y cautela ante las diversas circunstancias que se le presenten en la vida.

ARTÍCULO 4. Metodología y justificación en la elaboración del Manual

El manual de convivencia de la Institución Educativa Renán Barco, es el resultado de un proceso participativo de los miembros de la comunidad Educativa, y fue aprobado por el Consejo Directivo según las facultades otorgadas por el literal C del artículo 144 de la Ley general de Educación.
En él se detallan los derechos, deberes, prohibiciones, funciones y procedimientos para hacer efectivas las relaciones entre los miembros que conforman la comunidad educativa, integrando elementos pedagógicos y jurídicos que hagan posibles las relaciones en armonía, cumpliendo los principios, consagrados en la Constitución y las leyes para proteger los derechos fundamentales.

En la elaboración del Manual de convivencia, se tienen en cuenta aportes de la actual Ley de protección de la Infancia y la adolescencia en lo relacionado con el papel de la educación y los decretos reglamentarios de la Ley 115, Artículo 87, “Los Establecimientos Educativos tendrán un Reglamento o Manual de convivencia en el cual se definan los Derechos y Obligaciones de los Estudiantes. Tales educandos y sus Padres o Tutores al firmar la matrícula correspondiente, en representación de sus hijos, estarán aceptando dicho manual”.

Los fundamentos legales del Manual de convivencia de la Institución Educativa Renán Barco son: La Constitución Política de Colombia, Artículos 13, 16, 19, 41, 67, 68, 70 y 95; Derechos del niño y derechos Humanos Ley 30 de 1986, Decreto 3788; Decreto 1108 de mayo 31 de 1994; Código Nacional de Policía, Decreto 1355 de 1970; Ley 20 de 1974; Ley 133 de 1994; Código de Infancia y Adolescencia Ley 1098 de 2006 , y el  artículo 28, 29  del  decreto 1965  de septiembre 11 del  2013, reglamentario de la ley 1620 del 15 de  marzo del 2013. .

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