CAPÍTULO 9.
Mecanismos de mejoramiento para la comunidad
ARTÍCULO 71. La interpretación
El presente Manual de Convivencia ha sido elaborado
teniendo en cuenta que su finalidad es la de buscar una mejor formación para
los estudiantes, lo cual se sustenta en gran parte en unas sanas y armónicas
relaciones entre los miembros de la comunidad educativa, de acuerdo con la
filosofía, valores y principios de la Institución y según las normas legales
vigentes.
En caso de controversia en la aplicación o interpretación de las normas consagradas en este Manual, será el Consejo Directivo el órgano que aclare cualquier inquietud.
En caso de controversia en la aplicación o interpretación de las normas consagradas en este Manual, será el Consejo Directivo el órgano que aclare cualquier inquietud.
ARTÍCULO 72. Reformas al Manual de Convivencia
Teniendo en cuenta que todas las personas que
conforman la comunidad educativa tienen derecho de sugerir modificaciones o
adiciones al Manual, éstas serán presentadas por escrito y debidamente
sustentadas ante el Rector. Después de analizadas, el Rector las remitirá al
Consejo Directivo para su estudio, en caso de su aprobación serán incluidas en
el Manual de Convivencia, notificando a todos los miembros de la Comunidad
Educativa. Estas decisiones serán parte integral del mismo.
ARTÍCULO 73. Vigencia
El presente Manual de Convivencia fue aprobado y puesto en marcha mediante la
sesión del Consejo Directivo según consta en el acta correspondiente y rige a
partir de la fecha.
LUZ MARINA
MONTILLA NARVÁEZ OMAR JULIO NIETO ORTIZ
Rep. Docentes Rep. Docentes
ERIKA YISENIA
HERNÁNDEZ VÉLEZ ESTEBAN ALONSO RUIZ ANGEL
Rep. De
ExAlumnos Rep. De Estudiantes
EFRAÍN BARRERA ANA MILENA CAICEDO MARÍN
Rep. Sector
Productivo Rep. Padres de Familia
LUIS EDUARDO
MUTIS ESPITIA RUDI JOSÉ GALEANO RAMOS
Rep. Padres de
Familia Presidente
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