C O N S I D E R A N D O:

Educamos para la inclusión social y el desarrollo humano

PropuestaPOR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACION PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACION PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCION Y MITIGACION DE LA VIOLENCIA ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA RENÀN BARCO-JUAN PABLO II

 


El Consejo Directivo en uso de sus atribuciones legales, y


                C   O   N   S  I  D  E  R   A  N  D  O:

 

Que los establecimientos educativos se encuentran facultados para adoptar sus reglamentos internos, siempre teniendo en cuenta el respeto al debido proceso y derecho  a la defensa, y de forma especial el derecho fundamental a la educación y demás en la constitución política y en el código de la infancia y la adolescencia, articulo 77 de la ley 115 de 1994.

Que la convivencia escolar se puede entender como la acción de vivir en compañía de otras personas en el  contexto escolar y de manera pacífica y armónica.

Que la elaboración, revisión y actualización de los manuales de convivencia son procesos pedagógicos y formativos, por lo cual es fundamental contar con la participación de todos los integrantes de la comunidad educativa en el marco del diálogo, la construcción de acciones, acuerdos y medidas para resolver las situaciones que puedan afectar el clima escolar, teniendo en cuenta la promoción y el  fortalecimiento de la formación ciudadana, el desarrollo socioemocional, de ejercicio de los derechos sexuales y reproductivo de los estudiantes, la activación de los protocolos de atención integral y la realización del debido proceso, el cual debe regirse dentro del marco de la ley 1098 de 2006, la ley 1620 de 2013 y el decreto 1965 de 2013 como garantía constitucional para cada una de las partes.

Que las instituciones educativas y sus entornos se deben configurar como espacios seguros, de acogida, protección y apoyo para que los niños, niñas y adolescentes desarrollen y alcancen su máximo potencial en el mayor grado de calidad de vida posible.

Que el reconocimiento de los derechos humanos en los ambientes escolares resulta siendo un pilar fundamental para la construcción de una convivencia pacífica, respetuosa, tolerante e incluyente.

Que es necesario avanzar en el análisis y transformación de relaciones de desigualdad, desventaja y discriminación basadas en el género.

Que en el ámbito educativo  es necesario construir y desarrollar capacidades para el conocimiento y reconocimiento de todas las personas en su diversidad (multidiversidad)

Que no se trata de asegurar sólo el acceso para la educación, sino, además existan aprendizajes y pedagogía de calidad que le permitan a los estudiantes progresar, comprender sus realidades y trabajar para una sociedad más justa.

Con base en lo anterior

 

A  C  U  E  R  D  A

CAPÍTULO 1. GENERALIDADES

Educamos para la inclusión social y el desarrollo humano

El Manual de Convivencia es el documento que administra las actuaciones de convivencia de la institución Educativa Renán Barco-Juan Pablo II. Todo lo que se encuentra en él, tiene una orientación pedagógica y está erigido para ayudar en la formación integral de todos los miembros de la comunidad estudiantil.

 

ARTICULO 1.  HORIZONTE INSTITUCIONAL

 

MISIÓN

 

 Somos una institución Educativa de carácter oficial que ofrece un servicio educativo público en los niveles de educación preescolar, básica primaria y secundaria, media académica y técnica, dirigida a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos, permitiendo el reconocimiento de las diferencias y los múltiples contextos socio-culturales en los estudiantes, que conlleven a una mejor convivencia, para la adquisición de competencias socialmente significativas, que satisfagan sus necesidades básicas de aprendizaje y dispuestos a conciliar y actuar de manera proactiva frente a cualquier situación de la vida.

VISIÓN

 

 Fortalecernos en la región del Magdalena Centro, como líderes en la prestación del servicio educativo en los niveles de educación formal, para ser reconocidos en el año 2027 por la eficacia, eficiencia y calidad del talento humano caracterizados por su integridad, sensibilidad y profesionalismo; preparando integralmente a la población estudiantil y contribuyendo al fortalecimiento de su espíritu emprendedor, dirigida hacia el desarrollo de una sociedad más justa con propósitos de inclusión social y diversidad, dignificando al ser humano como sujeto de derecho.

FILOSOFÍA

 

La Educación es un proceso de formación permanente, que busca mejorar las condiciones de vida del ser humano, por ello pretendemos que nuestros estudiantes, desarrollen un alto respeto por la vida en el marco de nuestros principios institucionales como son la autonomía, la solidaridad y la ciencia.

Procuramos trabajar por una sociedad con personas que tengan claridad sobre el sentido de su existencia, de su rol y sobre las posibilidades que poseen de construir su entorno de manera que favorezca su propio desarrollo.

Creemos que se hace necesario que hombres y mujeres dirijan su mirada hacia sí mismos y hacia sus semejantes, como proyectos de vida compartidos, buscando con ello contribuir al desarrollo del proyecto pedagógico e histórico de su medio social.

Para lograr las metas formuladas, la Institución Educativa, cualifica de manera permanente la educación que ofrece, propendiendo con ello la inclusión social y el desarrollo humano siempre en la búsqueda de solución de la problemática social de sus estudiantes.

Se requiere de maestros sensibles a las situaciones que atraviesan nuestros estudiantes, que tengan dominio sobre su existencia y que estén orientados por principios de autonomía y solidaridad. Por ello, tolerancia y respeto serán herramientas fundamentales para el quehacer educativo. De esta manera lograremos la formación de hombres y mujeres sensibles frente a una sociedad diversa en la cual se respeten las diferencias de los miembros que la conforman.

ARTICULO 2. símbolos de la institución

 

 

La bandera        

Blanco: Pureza, sinceridad, transparencia, honestidad, solidaridad, pulcritud y anhelo.
Amarillo: Refleja la sabiduría, razonamiento y la astucia del estudiantado, la riqueza; la ilusión de cada día ser mejor.

Verde: La esperanza de que siempre habrá un día mejor que lo debemos esperar y afrontar con tenacidad y entusiasmo. 

 

El escudo

 

 

 

 

 

En el diseño del escudo, se ha tratado de incluir todos los valores que manifiesta nuestra Institución Educativa.
La primera parte: Las dimensiones están de acuerdo con las normas establecidas para el diseño y confección de un escudo.  Las medidas son: Largo 80 cm. Ancho 55 cm.

Forma: española derivada del estilo gótico.

Su estructura propiamente dicha es la siguiente:

Parte inferior: En la parte periférica del escudo hay unos cuadros que por su forma significan movimiento y expresan los diferentes cambios científicos, tecnológicos y pedagógicos que se van dando en el seno de nuestra institución.

Los Colores Verde y Negro son el resultado del acorde armonioso entre el cielo azul y el sol amarillo. El verde es el color de la esperanza, expresa: Naturaleza, juventud, deseo, descanso y vida. El negro concentra todo en sí, las líneas negras dan sensaciones positivas como seriedad y nobleza.

Parte interior:
Lado superior izquierdo: Tiene la imagen del sol con sus rayos resplandecientes. Lo cual significa los nuevos horizontes que se tienen para el futuro, como es el de formar a los alumnos y convertirnos en uno de las mejores instituciones de nuestro municipio, departamento y país.

Parte interna central: Tiene una banda diagonal con tres franjas de colores.

Amarillo: Significa riqueza de conocimiento.

Blanco: Es la luz que difunde la idea de paz, calma y armonía.

Verde: Es el color de la esperanza y expresa naturaleza, juventud, deseo, descanso y vida.

Parte inferior interna: Compuesta por un libro y sobre éste un laurel, lo cual significa, que después de varios años de estudio, dedicación y esfuerzo, hemos logrado realizarnos como bachilleres, personas dignas y forjadoras de hombres nuevos. También representa la apertura hacia la conquista de nuevos ideales.


El libro: Importancia del estudio, la ciencia, los valores, el saber dentro de una sociedad y especialmente en la Institución.

El laurel: Significa la victoria, galardón, premio, recompensa, ánimo de conquista, esfuerzo y dedicación.

 

El himno


El Himno en ruta al estudiante hacia la proyección, ésta nace desde el instante en que llega a las aulas el semillero depositado por los padres de familia y encomendado a los docentes que gustosamente reciben a los pequeños ávidos de conocimiento y en busca de herramientas que les brinden poco a poco la oportunidad de crecer en valores fundamentales como el amor, la paz y la fraternidad.

La primera estrofa es un llamado a los estudiantes para que sean personas que llenan su mundo de esperanza porque tienen y persiguen un ideal, una razón de ser, ideal que sólo se logra si se adquiere el saber, el conocimiento que induce a interactuar con el mundo real.

Los valores de la unión, el compañerismo sincero y los principios religiosos que conducen a la sapiencia son demostración de agradecimiento al docente que aporta sabiduría para que los estudiantes la tomen para sí y abandonen la oscuridad que habita en la ignorancia y el analfabetismo.

La tercera estrofa es la invitación a adquirir sentido de pertenencia por la Institución, ésta aporta seguridad de acción y conduce al liderazgo para proyectarse en la vida a nivel familiar, social y laboral.

Se toma como parte de la misión del estudiante prepararse para ser persona que practica el bien y que por sobre todas las cosas aprende el valor del respeto por los demás y la honestidad como valor imprescindible para desempeñarse idóneamente como ser activo de su comunidad, de la sociedad.

CORO
Somos semilleros de la vida,
dispuestos siempre a luchar,
por el derecho al amor,
a la paz y a la fraternidad (2)

Estrofa I
Que siempre haya en la vida una esperanza,
que tenga nuestra lucha un ideal,
sembremos nuestras aulas de saber,
volvamos nuestro mundo realidad. (2)
Coro


Estrofa II
Unidos estamos en la vida,
somos compañeros de verdad,
sintiendo orgullo del que dio
sabiduría a la oscuridad. (2)
Coro


Estrofa III
Todos los alumnos del Renán
seguros iremos por el mundo,
forjando caminos de bondad,

respeto y honestidad. (2)

 

Letra: Leonardo González

Música: José Ariel Sánchez

 

Parágrafo. Entrega de símbolos

Con el fin exaltar los símbolos institucionales, el grado undécimo, mediante acto público al inicio del año escolar, entregará a los estudiantes del grado sexto los símbolos, con el fin sean su faro de la búsqueda del éxito escolar.

Que el grado undécimo y quinto al final del año escolar, hará entrega al grado decimo y el grado cuarto respectivamente, los símbolos para continuar con la responsabilidad y la tradición del acto publico

 


CAPÍTULO 2. DERECHOS Y OBLIGACIONES

Educamos para la inclusión social y el desarrollo humano

ARTICULO 3.  Directivos

-Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

-Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de Ley 1620 del 2013 

-Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores, directivos docentes y demás personal de la Institución.

-Revisar y ajustar el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la Comunidad Educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

-Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el Comité Escolar de Convivencia.

-Emprender acciones que involucren a toda la Comunidad Educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de estos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

-Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

-Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

-Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

ARTICULO 4. Docente orientador.

Tendrá como objetivo general el de contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos, en particular en cuanto a:   

a) La toma de decisiones personales; 

b) La identificación de aptitudes e intereses; 

 c) La solución de conflictos y problemas individuales, familiares y grupales; 

 d) La participación en la vida académica, social y comunitaria; 

 e) El desarrollo de valores, y 

 f) Las demás relativas a la formación personal de que trata el artículo 92 de la Ley 115 de 1994

Parágrafo. Funciones

El docente orientador tendrá las siguientes funciones específica:

1.    participar  en los procesos de planeación inscripción institucional, formulación y ajustes del proyecto educativo institucional (PEI), el sistema institucional de evaluación (SIEE), para que estén acordes con los procesos  de orientación escolar  y de conformidad hola criterios adoptados por el Consejo Directivo en el proyecto educativo institucional -PEI

2.    Diseñar y evaluar el plan operativo anual de orientación escolar del establecimiento educativo, de acuerdo con la caracterización institucional que defina los órganos del Gobierno escolar.

3.    acompañar y participar en el desarrollo de estrategias psicosociales que promuevan y fortalezcan los socioemocional toma la vinculación familiar y los procesos pedagógicos, orientados del mejoramiento continuo del ambiente escolar.

4.    participar en los comités internos hoy de trabajo que se creen por ley, por normas reglamentarias o por decisiones institucionales, en correspondencia con las funciones el cargo de docente orientador

5.    Participar en los espacios coma y distancias y procesos especializados, gestionados por el Ministerio de educación nacional, La Secretaría de educación, instituciones educativas o por su superior inmediato, que respondan al fortalecimiento de capacidades de los docentes orientadores, en el marco de las realidades y necesidades del contexto

6.    orientar a los directivos docentes, docente y administrativos Del establecimiento en el diseño y exclusión de estrategias y acciones tendientes a garantizar el respeto de los derechos humanos en los estudiantes

7.    Promover la comunicación asertiva y la cultura de la participación de la familia y demás miembros de la comunidad educativa en los procesos escolares y aportar en la construcción de la sana convivencia escolar

8.    Participar en los procesos institucionales en conjunto con los directivos, docentes y comités responsables de la aplicación de los protocolos y rutas de atención psicosocial

9.    promover la activación oportuna del sistema de alertas tempranas y propiciar estrategias para la prevención, promoción, atención y seguimiento de las situaciones que afectan la sana convivencia

10. diseñar, implementar y evaluar acciones que contribuya con la orientación vocacional, profesional y socio ocupacional de los educandos, que permitan una mejor toma de decisiones para la construcción de su  propio futuro

11. diseñar y orientar estrategias de prevención sobre riesgos psicosociales y las problemáticas identificadas en los estudiantes

12. prestar atención y asesoría a estudiantes y sus familias en lo referido a la  orientación psicosocial, socioemocional y escolar

13. gestionar y articular la participación de otras entidades, organizaciones y autoridades competentes para intercambiar experiencias y recibir apoyo institucional quedó ofrezca el desarrollo integral del estudiante y el respeto de sus derechos humanos.

14. Realizar el registro y seguimiento establecido por el establecimiento educativo de los casos remitidos por los docentes, directivos docentes o cualquier miembro de la comunidad educativa, acorde con la ley sobre tratamiento de datos e información, proponiendo estrategias de prevención e intervención en el manejo de situaciones particulares

15. las demás que le asigne el rector acorde con el cargo las funciones del docente orientador

ARTICULO 5. Docentes

1.    Participar en el seguimiento y evaluación de la planeación institucional y de retrocesos que se derivan de ella

2.    participar en la revisión, construcción y actualización de las orientaciones y lineamientos académicos y pedagógicos de la institución, conforme a los planteamientos el proyecto educativo institucional-PEI, el plan operativo anual y los objetivos institucionales.

3.    conocer y dominar y actualizarse en lo referente de calidad y normatividad definida por el Ministerio de educación nacional para el nivel educativo en el que se desempeña.

4.    planificar las actividades pedagógicas base en el modelo educativo del establecimiento, que fomenten el desarrollo físico, cognitivo coma emocional y social de los estudiantes

5.    conocer, dominar y actualizar saberes referidos a las áreas de conocimiento en la que se desempeña.

6.     Planificar los procesos de  enseñanza y aprendizaje, teniendo en cuenta el desarrollo de los estudiantes y los referentes calidad emitidos por el Ministerio de educación nacional.

7.    Construir ambientes que fomenten el aprendizaje autónomo y cooperativo en los estudiantes

8.    Establecer criterios pedagógicos y didácticos para articular las dimensiones el sujeto con la propuesta curricular del nivel, considerando el proyecto educativo y los referentes de calidad definidos y expedidos por el Ministerio de educación nacional

9.    seleccionar y aplicar estrategias pedagógicas que contribuyen al desarrollo cognitivo, emocional piso social pero los estudiantes, articulado con el proyecto educativo situacional (PEI).

10.  preparar actividades  formativas  que permitan relacionar los conceptos de las áreas con las experiencias previas de estudiante.

11. elaborar instrumentos de evaluación el aprendizaje según los objetivos del grado y las competencias del  ciclo.

12. realizar el seguimiento, qué evaluación y retroalimentación teniendo en cuenta un enfoque integral de Flexible y formativo.

13. Presentar informes a los estudiantes  y familia o acudientes sobre la situación personal y académica (registro escolar, disciplina, inasistencias, constancias de desempeño entre otras) de manera regular ir al cierre  de los periodos académicos.

14. Apoyar los procesos de matrícula de los estudiantes para asegurar el buen funcionamiento de la institución

15. registrar el desempeño escolar para fortalecer el proceso de retroalimentación del aprendizaje de los estudiantes

16. participar e incentivar  el cuidado del establecimiento educativo para  preservar condiciones satisfactorias

17. utilizar los recursos didácticos, las tecnologías de la información y comunicación (TIC) quiero recursos de apoyo pedagógico de la institución para el desarrollo de su práctica educativa

18. Apoyar las estrategias  para la resolución de conflictos entre los estudiantes, teniendo como referente el manual de convivencia, pero institución

19. proponer la realización de actividades extracurriculares en la institución que favorecen el desarrollo de la comunidad educativa

20. Vincular en el proceso de enseñanza  las dinámicas propias del contexto y territorio de establecimiento educativo

21. apoyar  la implementación de estrategias institucionales para relacionarse con las diferentes entidades orientadas a la atención comunitaria y que promueven el desarrollo de actividades educativas propias del contexto institucional

22.  conocer y promover los derechos de los estudiantes, así como la oferta institucional y las rutas de atención  con las que cuenta  el territorio para denunciar posibles casos de vulneración

23. planear y desarrollar estrategias que promuevan la participación de los estudiantes y familias por medio de una comunicación permanente  y oportuna para favorecer los servicios pedagógicos

24. promover la buena convivencia en el establecimiento educativo y la adquisición de rutinas diarias que les permitan a los estudiantes crear hábitos para una vida saludable

25. participar en el cuidado de los espacios del descanso pedagógico y del cuidado en la alimentación escolar coma como actividades formativas de los estudiantes dentro del establecimiento educativo

26. promover entre los estudiantes la participación en el gobierno escolar

27. identificar las actividades, intereses y necesidades especiales de los estudiantes en darles una segunda oportunidad en su rol de docente de aula y activa la ruta de institucionales establecidas para su atención

28. participar en los procesos de acogida, bienestar y permanencia que defina la institución educativa, tanto para el ingreso de los estudiantes a esta, como para el paso a otros  grados o niveles educativos

29. Las demás  que le asigne  el rector acorde con el cargo y las  funciones del docente de  aula.

Parágrafo 1. intercambio

El docente por ningún motivo podrá canjear la calificación de un estudiante por reconocimientos económicos, materiales, sexuales y/o afectivos.

Parágrafo 2: abstención

El docente deberá abstenerse de citar a estudiantes en horarios contrario a la jornada escolar y fines de semana, sin previa autorización de rectoría y consentimiento firmado por el acudiente.

ARTICULO 6. Estudiantes,

Parágrafo 1.  Derechos.

-Ser tratado con un lenguaje decoroso, cortés, libre de expresiones bruscas o vulgares por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

-Para ausentarse deberá presentar excusa justificada y un permiso del Coordinador, en última instancia del Rector. En caso de ausencia el padre de familia o acudiente, deben enviar una excusa escrita con su firma y número de cédula, anexa la fotocopia del documento de identificación, explicando la razón de la inasistencia del estudiante.

 

-Recibir educación y formación adecuada que favorezca el desarrollo integral de acuerdo con los programas académicos y objetivos institucionales.

-A que se le cumplan y se respeten sus garantías y derechos constitucionales, legales, reglamentarios y del Manual de Convivencia.

-Conocer con anterioridad los logros de cada área y asignatura, como, los criterios seleccionados para la evaluación de su rendimiento escolar.

- Conocer los logros alcanzados antes de ser registrados en la planilla respectiva. Conociendo el porqué de los conceptos, causales y criterios, haciendo los reclamos pertinentes antes de pasar a secretaría.

- Conocer en forma oportuna y permanente el resultado de las evaluaciones, así como analizar los resultados de éstas con los educadores; pedir por escrito al coordinador revisión de evaluaciones o un segundo calificador.

- Ser atendidos en los reclamos y solicitudes par­ticulares que hagan a través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad y el respeto por la Institución.

- Utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil del que dispone la Institución: Servicio de  Orientación Escolar, Cruz Roja, Restaurante Escolar, dentro de la disponibilidad que para el efecto tenga la Institución y otras atenciones que se presten a nivel institucional.
- Derecho a disfrutar del período de descanso y sano esparcimiento brindado por la Institución Educativa.

- Promover y participar en campañas como la liga del buen decir, hábitos de aseo personal y normas de urbanidad que busquen la superación estudiantil e institucional.

- Conocer, reflexionar y participar en la elaboración del Manual de Convivencia.

- Exigir un ambiente de armonía, solidaridad, colaboración, acogida, sinceridad, lealtad, puntualidad, imparcialidad, buena presentación, preparación académica e interés y respeto entre profesores, estudiantes y padres de familia.

- Ser evaluados en comportamiento social al finalizar cada período, teniendo en cuenta las anotaciones del observador del estudiante.

- Derecho a la integridad personal y a la atención de sus discapacidades físicas y mentales, brindarle la atención necesaria.

.- A una identidad institucional, que lo identifique de otras Instituciones Educativas, con un uniforme, conociendo los parámetros de porte, uso y finalidad formativa de él.

- Al uso, goce y disfrute de los muebles, materiales, instalaciones y otros bienes institucionales.

- Al finalizar la clase de educación física se puede hacer uso de la cafetería para hidratarse, sin alterar el desarrollo normal de la clase siguiente.

-Tiene derecho a elegir y ser elegido en el gobierno escolar, Ley 115 del 94.

-Antes de aplicarse un correctivo o sanción ante una falta cometida, el estudiante tiene derecho a que se le aplique el Debido Proceso.

-A recibir el informe escrito de su desempeño académico y disciplinario al finalizar cada uno de los períodos.

Parágrafo 2.  deberes

-Permanecer dentro del establecimiento durante toda la jornada escolar.

-Portar el uniforme correspondiente de acuerdo con el horario, según el modelo, sin  maquillaje, ni adornos exagerados. El uniforme debe utilizarse exclusivamente en las actividades de la Institución.

-Dejar aseado y organizado el salón, pasillos, al terminar la jornada académica y al retirarse de la Institución antes de finalizar el horario normal establecido.


-Dejar la puerta del salón abierta en caso de ausencia del profesor.

-Utilizar los servicios de la cafetería en las horas de descanso y cuando por alguna circunstancia no estén en clase.
-El descanso se hará en los sitios destinados para tal fin. Sin permanecer en las aulas de clase, en los corredores, ni en los pasillos de la segunda planta. Durante el descanso los salones deben permanecer cerrados.
-Mantener un comportamiento decoroso en actos especiales dentro y fuera del plantel.

-Llegar oportunamente al establecimiento al iniciar la jornada, a clase o a cualquier actividad.

-Contribuir con su comportamiento y disciplina a un adecuado ambiente de estudio.
-Juguetes, revistas de toda índole e implementos que no tengan relación directa con el estudio deben ser dejados en la casa.
-Permitir el desarrollo normal de las clases y actividades programadas demostrando interés y atención.
-Evitar comer o beber dentro del aula de clase, excepto, cuando se está en alguna celebración autorizada por Coordinación.

-Participar activamente en el proceso enseñanza–aprendizaje y en las demás programaciones culturales, sociales, religiosos y deportivos del plantel.

-Abstenerse de escribir letreros o rayar en cualquier mueble o en las paredes de la Institución y otros sitios.
-Dar uso adecuado a sillas, patios, pasillos, aulas, paredes, basureros, bibliotecas, carteleras, entre otros, y responder por los daños ocasionados.

Parágrafo 3. Educación religiosa.

Libertad de creencia y religión bajo la dirección de los padres, según la Constitución Política de Colombia de 1991, Artículo 68 y el Decreto 4500 de 2006.

Parágrafo 4. Uso obligatorio del uniforme

El uso del uniforme de diario además de los días ordinarios de clase se incluye en el Acto de graduación, Servicio Social del Estudiantado (Artículo  97 Ley 115 de 1994. Decreto 1860 de 1994, Artículo 39 compilado en el decreto 1075 del 2015), en las prácticas comerciales y en las actividades de refuerzo, superación de logros, nivelación y otras actividades culturales que programe la Institución.

-La asistencia a todas estas actividades se hará debidamente uniformados (según indicaciones previas), con el fin de mostrar una adecuada presentación personal y propiciar una buena disciplina. --La inasistencia a estos actos debe ser justificada con una excusa escrita, y en caso de enfermedad presentar certificación médica, en forma oportuna.

 

ARTICULO 7.  Personal administrativo,

El personal administrativo que trabaja en la Institución debe mostrar una actitud basada en valores, comprometidos con el cambio social, colaborador, responsable, respetuoso (a), disciplinado (a), con alto sentido de autoestima y pertenencia; deben ser comprensivos (as) y mantener buenas relaciones humanas con la comunidad educativa.

 

ARTICULO 8.  Padres de familia-

 

Derechos.

a) Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley.

b) Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo.

c) Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el Manual de Convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.

d) Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la Institución Educativa.

e) Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional.

f) Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del  establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos.

g) Recibir durante el año escolar y, en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos.

h) Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos.

i) Elegir y ser elegido para representar a los Padres de Familia en los órganos de Gobierno Escolar y ante las autoridades, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos.

j) Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos.

Deberes

a) Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.

b) Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.

c) Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de Convivencia, para facilitar el proceso de educativo.

d) Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.

e) Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.

f) Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.

g) Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.

h) Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.

I) Asistir puntualmente a las reuniones de padres de familia

ARTICULO 9. ESTIMULOS

La institución otorgará estímulos, reconocimientos a la comunidad educativa, así:

a.     Estudiantes.

**Menciones de honor: Serán merecedores de esta distinción:

- Al mejor estudiante del grado quinto y noveno de cada jornada que ofrece la institución.
- Al mejor bachiller. Al estudiante de 11°, con excelente comportamiento social y rendimiento académico durante los seis años de bachillerato en el establecimiento.
-Al puntaje de 350 puntos y más en las pruebas SABER11.
- Al mérito deportivo: Al estudiante que se destaque en las diferentes actividades deportivas, en las cuales represente a la Institución.
- Al mérito artístico: Para los estudiantes que se destaquen en estas actividades en representación de la Institución.
- Al mérito de la ciencia: Para aquellos estudiantes que representen con honores al establecimiento educativo en actividades, trabajos de estudio e investigación.

** Proclamación en las izadas de Bandera: A los estudiantes que sobresalen en el rendimiento académico, disciplinario, relaciones interpersonales, colaboración y en eventos deportivos y culturales.

b. Docentes

-reconocimiento de su trayectoria laboral

-por su proyección a la comunidad

-pensamiento innovador

Estímulos que se entregarán en el evento llamado LA TIZA DORADA

c. Padre de familia

 mención de honor por:

-Sentido de pertenencia

-Compromiso institucional

-Liderazgo

CAPÍTULO 3. Distintivos y uniformes de la institución.

Educamos para la inclusión social y el desarrollo humano


CAPÍTULO 3.  Distintivos y uniformes de la institución.

 

ARTÍCULO 11. Símbolos

La bandera

Blanco: Pureza, sinceridad, transparencia, honestidad, solidaridad, pulcritud y anhelo.
Amarillo: Refleja la sabiduría, razonamiento y la astucia del estudiantado, la riqueza; la ilusión de cada día ser mejor.
Verde: La esperanza de que siempre habrá un día mejor que lo debemos esperar y afrontar con tenacidad y entusiasmo.
 

El escudo


En el diseño del escudo, se ha tratado de incluir todos los valores que manifiesta nuestra Institución Educativa.
La primera parte: Las dimensiones están de acuerdo con las normas establecidas para el diseño y confección de un escudo.  Las medidas son: Largo 80 cm. Ancho 55 cm.
Forma: Española derivada del estilo gótico.
Su estructura propiamente dicha es la siguiente:
Parte inferior: En la parte periférica del escudo hay unos cuadros que por su forma significan movimiento y expresan los diferentes cambios científicos, tecnológicos y pedagógicos que se van dando en el seno de nuestra institución.
Los Colores Verde y Negro son el resultado del acorde armonioso entre el cielo azul y el sol amarillo. El verde es el color de la esperanza, expresa: Naturaleza, juventud, deseo, descanso y vida. El negro concentra todo en si, las líneas negras dan sensaciones positivas como seriedad y nobleza.
Parte interior:
Lado superior izquierdo: Tiene la imagen del sol con sus rayos resplandecientes. Lo cual significa los nuevos horizontes que se tienen para el futuro, como es el de formar a los alumnos y convertirnos en uno de las mejores instituciones de nuestro municipio, departamento y país.
Parte interna central: Tiene una banda diagonal con tres franjas de colores.
Amarillo: Significa riqueza de conocimiento.
Blanco: Es la luz que difunde la idea de paz, calma y armonía.
Verde: Es el color de la esperanza y expresa naturaleza, juventud, deseo, descanso y vida.
Parte inferior interna: Compuesta por un libro y sobre éste un laurel, lo cual significa, que después de varios años de estudio, dedicación y esfuerzo, hemos logrado realizarnos como bachilleres, personas dignas y forjadoras de hombres nuevos. También representa la apertura hacia la conquista de nuevos ideales.
El libro: Importancia del estudio, la ciencia, los valores, el saber dentro de una sociedad y especialmente en la Institución.
El laurel: Significa la victoria, galardón, premio, recompensa, ánimo de conquista, esfuerzo y dedicación.

El himno


El Himno enruta al estudiante hacia la proyección, ésta nace desde el instante en que llega a las aulas el semillero depositado por los padres de familia y encomendado a los docentes que gustosamente reciben a los pequeños ávidos de conocimiento y en busca de herramientas que les brinden poco a poco la oportunidad de crecer en valores fundamentales como el amor, la paz y la fraternidad.
La primera estrofa es un llamado a los estudiantes para que sean personas que llenan su mundo de esperanza porque tienen y persiguen un ideal, una razón de ser, ideal que sólo se logra si se adquiere el saber, el conocimiento que induce a interactuar con el mundo real.
Los valores de la unión, el compañerismo sincero y los principios religiosos que conducen a la sapiencia son demostración de agradecimiento al docente que aporta sabiduría para que los estudiantes la tomen para sí y abandonen la oscuridad que habita en la ignorancia y el analfabetismo.
La tercera estrofa es la invitación a adquirir sentido de pertenencia por la Institución, ésta aporta seguridad de acción y conduce al liderazgo para proyectarse en la vida a nivel familiar, social y laboral.
Se toma como parte de la misión del estudiante prepararse para ser persona que practica el bien y que por sobre todas las cosas aprende el valor del respeto por los demás y la honestidad como valor imprescindible para desempeñarse idóneamente como ser activo de su comunidad, de la sociedad.
CORO:
Somos semilleros de la vida,
dispuestos siempre a luchar,
por el derecho al amor,
a la paz y a la fraternidad (2)
Coro….
Estrofa I
Que siempre haya en la vida una esperanza,
que tenga nuestra lucha un ideal,
sembremos nuestras aulas de saber,
volvamos nuestro mundo realidad. (2)
Coro…
Estrofa II
Unidos estamos en la vida,
somos compañeros de verdad,
sintiendo orgullo del que dio
sabiduría a la oscuridad. (2)

Coro…

Estrofa III
Todos los alumnos del Renán
seguros iremos por el mundo,
forjando caminos de bondad,
respeto y honestidad. (2)

Letra: Leonardo González
Música: José Ariel Sánchez

 

ARTÍCULO 12. Uniformes 

1.   UNIFORME DIARIO DE LAS ESTUDIANTES. Descripción: Falda verde a cuadros en lino Escocés con cotilla de aproximadamente seis (6 cm) centímetros de ancho y de allí se desprenden prenses de seis (6 cm) de ancho, tres ocultos y tres visibles, abierta y cruzada en la parte delantera, el cruce es de una cuarta (25 cm), en la cotilla van seis botones forrados en la misma tela de la falda, esta debe ir 5cm arriba de la rodilla.
CAMIBUSO Beige (color crema), con un bolsillo al lado izquierdo, sobre el bolsillo debe ir el escudo de la Institución. El Camibuso trae un cuello con bordes verde oscuro, lo mismo en las mangas.
MEDIAS. Blancas hasta la mitad de la pierna.
ZAPATOS. De color negro, de amarrar, estilo zapatilla colegial.

2.   UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA ESTUDIANTES  (HOMBRES Y MUJERES)
SUDADERA: de color verde oliva, en la parte izquierda lleva las iniciales  (I. E. R.B.) en color Beige, con bota de 20 cm, sólo se usa los días que según horario haya clase de educación física o en actividades programadas por la Institución.
Para mayor higiene, se sugiere al estudiante utilizar pantaloneta del mismo material de la sudadera, con banda Beige a los lados y para protegerse del sol cuando practique algún ejercicio o deporte, usar una cachucha verde oliva con vivos Beige (opcional).
BUSO: de color Beige, el cuello en V y la terminación de las mangas van de color verde. Debe ir impreso el escudo del colegio en la parte izquierda, en la posición del bolsillo, En la manga derecha van las iniciales de la Institución (I. E. R.B.). Por debajo del buso se puede llevar una franela o camisilla blanca, sin letreros.
-Puede llevarlo puesto, por fuera de la sudadera.
TENIS: Completamente blancos al igual que las medias.

3.   UNIFORME DIARIO DE LOS ESTUDIANTES
PANTALÓN: De color verde oliva, en material de lino, con cuatro bolsillos, dos delanteros y dos traseros, dos prenses al frente a lado y lado y pasadores para la correa, con bota de 20cm.
CAMIBUSO: De color Beige, cuello y mangas con dos líneas de color verde oliva, con un bolsillo en la parte izquierda, impreso el escudo de la Institución en dicho bolsillo, tres botones en la parte delantera.
CORREA: De color negro, elaborada en cuero o material sintético sin ninguna clase de adornos.
ZAPATOS: De color negro, de amarrar, estilo zapatilla colegial.
MEDIAS: blancas hasta la mitad de la pierna.

Parágrafo. Cada uno de los uniformes (de diario y educación física) deben ser correctamente portados tanto dentro como fuera de la Institución. El Uniforme de diario debe utilizarse además de los días convenidos por la Institución, en el cumplimiento de la práctica comercial y nunca en sitios públicos como discotecas, bailaderos, salones familiares y lugares que pongan en entre dicho la buena imagen de la Institución.

CAPÍTULO 4. Gobierno Escolar y órganos de participación y control

Educamos para la inclusión social y el desarrollo humano


CAPÍTULO 4. Gobierno Escolar y órganos de participación y control

 

ARTÍCULO 13. Comunidad Educativa

Según lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 115 de 1994, la Comunidad Educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional que se ejecute en un determinado establecimiento o Institución educativa.

 

ARTÍCULO 14. El Gobierno Escolar

Es la máxima autoridad dentro de la Institución. De ahí surgen las decisiones que tomen y que determinan el funcionamiento legal y la buena marcha de la misma.

Parágrafo. El Gobierno Escolar se compone de los siguientes estamentos:
- El Rector: Representante legal del establecimiento, director administrativo y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar.
- El Consejo Directivo: Es una instancia de participación de la Comunidad Educativa y de orientación académica y administrativa de la Institución.
- El Consejo Académico: Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica de la Institución.

ARTÍCULO 15. Consejo Directivo

Es la instancia directa de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. El Consejo Directivo está integrado por:
- El Rector como máxima autoridad de la Institución, es el representante legal del establecimiento, su director administrativo y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. El Rector preside y convoca a reuniones, ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
- Dos representantes del personal docente, elegido por mayoría de votantes en una asamblea de docentes.
- Dos representantes de los padres de familia elegido por la junta directiva de asociación de padres.
- Un representante de los estudiantes que curse el último grado de educación ofrecido por la Institución, elegido por el consejo de estudiantes.
- Un representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo
- Un representante del sector productivo organizado en el ámbito local, también es escogido por el Consejo Directivo.

El Consejo directivo debe conformarse dentro de los primeros 60 días calendario luego de la iniciación de clases.

 

ARTICULO  16. Las funciones del Consejo Directivo son las siguientes:

a)     Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados;
b)     Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia;
c)     Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;
d)     Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos;
e)     Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;
f)      Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector;
g)     participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que certifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
h)     Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
i)       Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser  contrarios a la dignidad del estudiante;
j)       Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución;
k)     Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;
l)       Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
m)    Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;
n)     Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes;
o)     Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
p)     Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos tales como derechos académicos, uso de libros del texto y similares, y
q)     Darse su propio reglamento.

ARTÍCULO 17. Consejo Académico

Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. Integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudio.
En la Institución Educativa Renán Barco funcionará un solo Consejo Académico que estará integrado por representantes de las jornadas. Su conformación será la siguiente:
El rector, o un coordinador delegado.
- Un representante del nivel de Preescolar.
- Un representante del área de Humanidades e Idiomas Extranjero.
- Un representante del área de Matemáticas.
- Un representante del área de Ciencias Sociales.
- Un representante del área Ciencias Naturales.
- Un representante del área de Educación Física.
- Un representante del área de Ética y Valores Humanos.
- Un representante del área de Tecnología e Informática.
- Un representante del área de Educación Artística.
- Un representante del área de Educación Religiosa.
- Un representante del área de Comerciales.
- Un representante del área de Filosofía.
- Un  representante del área de Ciencias Económicas y Políticas.

Parágrafo. El Consejo Académico en pleno se reunirá ordinariamente como mínimo una vez en cada uno de los cuatro períodos escolares por convocatoria que hará el Rector o extraordinariamente cuando la situación lo amerite por petición de los coordinadores o de los docentes; en cualquiera de los casos, podrá delegar a un Coordinador.


ARTÍCULO 18. Funciones del Consejo Académico.

Además de las funciones que establece el Artículo 24 del Decreto 1860 de 1994, deberá:
1.    Promover el desarrollo de la investigación y actividades afines de la Institución.
2.   Unificar criterios aplicables en todas las  jornadas en relación con las formas de evaluación de los estudiantes, períodos académicos, recuperaciones y nivelaciones, formatos para consignar actas y actividades, planes de estudio y todo lo que tenga que ver con la actualización y el mejoramiento continuo del Proyecto Educativo Institucional.
3.   Informar oportunamente a la comunidad educativa sobre las modificaciones y ajustes que se le hagan al currículo y los demás cambios que se presenten a nivel académico institucional.
4.   Fijar las funciones que deben desempeñar sus miembros y darse su propio reglamento.

Parágrafo. Cada miembro del Consejo Académico tiene como deber desempeñar con prontitud y eficiencia las funciones de su cargo.

ARTÍCULO 19. Consejo de Estudiantes

Será el máximo órgano institucional que asegure y garantice la continua participación por parte de los estudiantes. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por la Institución.

ARTÍCULO 20. Las funciones del Consejo de Estudiantes son:

1.   Elegir secretario y moderador para las reuniones del Consejo Estudiantil.
2.   Elaborar actas de las reuniones, éstas deben estar firmadas por los representantes de cada curso.
3.   Desempeñarse como medio de comunicación entre el grupo y los profesores.
4.   Presentar mensualmente al Consejo Directivo y al Comité de Participación y Democracia el informe de las actividades programadas.
5.   Ser modelo en el cumplimiento del Manual de Convivencia y en la vivencia de los valores propuestos.
6.   Ejercer la representación del grupo en las actividades programadas dentro y fuera de la Institución.
7.   Coordinar con el Director de Grupo la disciplina dentro y fuera del aula.

 

ARTÍCULO 21. Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo

La Institución tendrá un representante ante el Consejo Directivo, que será un estudiante del grado 11° elegido por el Consejo de Estudiantes. Dicho representante tendrá un suplente, también elegido por éstos.


ARTÍCULO 22. Requisitos para ser representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo

El representante de los estudiantes y su suplente deben:
a) Llevar como mínimo dos años consecutivos en la Institución, de esta manera tendrá buen conocimiento de la realidad escolar.
b) Estar matriculado en el grado 11°.
c) Demostrar aptitudes y actitudes de liderazgo positivo y tener espíritu de solidaridad y tolerancia.
d) Destacarse por su buen rendimiento y comportamiento. De no estarlo, se le aplazará su nombramiento hasta tanto esté al día en sus pendientes académicos y disciplinarios, en un término no mayor a 30 días hábiles, al no cumplir se le dará oportunidad al siguiente de mejor votación.
e)  No haber tenido matrícula condicional o proceso disciplinario por conductas no deseables.

ARTÍCULO 23. Funciones del Representante de Estudiantes

Presentar iniciativas, proyectos y/o sugerencias que redunden en beneficio de la Institución en todos los aspectos de la vida escolar, como:
1.  El manual de convivencia, su cabal cumplimiento por los miembros de la comunidad educativa, modificación y/o adaptación a las nuevas necesidades y condiciones que se presenten.
2. Metodologías y formas utilizadas para desarrollar y evaluar los aspectos formativos y cognitivos.
3. Apoyar con el mantenimiento de la planta física y recursos de todo tipo.
4. Organización de actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas, entre otras.
5. Desarrollo de actividades para fomentar y promover valores humanos, buscando la participación responsable y democrática de los estudiantes.
6. Propuestas sobre aspectos pedagógicos, tendientes a mejorar la calidad del servicio educativo para obtener mejores resultados en las pruebas SABER, para el ingreso a  instituciones de educación superior.
7. Organización del funcionamiento del Consejo de Estudiantes, enmarcadas en una planeación y racionalidad para que no interfieran las formativas y cognitivas.
8. Participar en la evaluación de los docentes, directivos y personal administrativo de la Institución.
9. Otros aspectos que crea conveniente ser analizados por el Consejo Directivo.
10. Participar en la planeación y evaluación del PEI.
11. Incentivar a los diferentes miembros del Consejo de Estudiantes para que las acciones realizadas  estén encaminadas a la vivencia de la filosofía Institucional.
12. Ser miembro activo en las tomas de decisiones del Consejo Directivo.
13. Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando se convoquen.

ARTÍCULO 24. El Personero Estudiantil

Es un estudiante de último grado de educación que ofrece la Institución Educativa. Será elegido dentro de los 30 días calendario luego de iniciado el año lectivo. Para tal efecto, el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados, quienes lo elegirán por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

ARTÍCULO 25. Presentación de candidatos a la Personería Estudiantil

Previa a la elección del Personero, cada jornada debe presentar sus candidatos ante el Consejo de Estudiantes, con el fin de iniciar la campaña con una semana de anterioridad de manera dinámica y organizada, permitiendo a cada uno exponer su programa de gobierno ante la comunidad educativa.

Los candidatos deben capacitarse y conocer sus funciones como integrantes del Gobierno Escolar, con la asesoría de los docentes del área de Ciencias Sociales para promover la formación de líderes.

ARTÍCULO 26. Suplente del Personero Estudiantil

El Personero Estudiantil tendrá un suplente que lo reemplazará en los casos de ausencia o definitivamente cuando el titular se retire de la Institución o sea removido del cargo.
El suplente será el estudiante que obtenga el segundo lugar en las votaciones.

ARTÍCULO 27. Requisitos del suplente del Personero Estudiantil

El Personero de los Estudiantes y el suplente deben reunir los mismos requisitos exigidos al representante ante el Consejo Directivo.
El Representante ante el Consejo Directivo y el Personero no pueden ser simultáneamente Consejero de Grupo, auxiliar de disciplina o monitor.

ARTÍCULO 28. Funciones del Personero Estudiantil
1. Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes estudiantiles consagrados en la Constitución Política, las leyes o decretos reglamentarios y el Manual de Convivencia Escolar.
2. Gestionar, ante el Rector y/o los diferentes Consejos administrativos de la Institución, la toma de decisiones para diseñar actividades y proyectos que contribuyan al mejoramiento de la Institución.
3. Actuar como fiscal en el Consejo Estudiantil.
4. Diseñar mecanismos que faciliten el cumplimiento de responsabilidades, compromisos y deberes estudiantiles.
5. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y a las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
6. Prever momentos que permitan la divulgación de las funciones de los líderes estudiantiles, de los derechos y deberes de los estudiantes.

Parágrafo. Para cumplir esta función debe presentar un proyecto y cronograma de actividades a realizar durante el ejercicio de sus funciones.

ARTÍCULO 29. Elección del Personero Estudiantil y del Representante al Consejo Directivo

La forma para elegir los diferentes líderes será por proceso democrático y por un período de un año escolar.
1. El Personero será quien obtenga mayoría de votos en las elecciones y el suplente quien obtenga el segundo lugar en los comicios.
2. El Representante de los Estudiantes y el suplente serán elegidos por el Consejo Estudiantil en una reunión convocada y orientada por dicho consejo.
3. El Representante Estudiantil y su suplente serán seleccionados de una terna que se presente al Consejo Directivo para su consideración por el Consejo Estudiantil, elegidos en votación secreta en la tercera (3) semana de clases del año escolar, según como el centro educativo tenga organizado el desarrollo del Proyecto Institucional.
4. Si el representante personero no cumple con sus funciones o comete alguna falta grave será relevada de sus cargos a través del Consejo Directivo.
5. El personero estudiantil desarrollará sus funciones todo el año escolar para el cual fue elegido, dependiendo de la organización curricular adoptada por la Institución escolar y permanecerá ejerciendo el cargo y funciones hasta cuando se elija el nuevo líder estudiantil que lo sustituirá.

ARTÍCULO 30. Monitores de Área o de Grupo
Tendrán derecho a este privilegio los estudiantes que sobresalgan por su rendimiento en una o más áreas. El monitor será elegido por el profesor del área o asignatura teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
1. Un estudiante puede ser monitor máximo en dos áreas.
2. Para poder ser elegido monitor en un área o asignatura debe sobresalir académicamente en ésta y estar ocupando un buen puesto en el rendimiento de la misma.
3. Un monitor puede ser sustituido en el momento que rebaje de rendimiento académico, que no cumpla con sus funciones o cuando el profesor que lo eligió lo crea conveniente.
4. El monitor se elige no para sustituir al profesor sino para ayudar a coordinar algunas actividades.

ARTÍCULO 31. Funciones del Monitor de Área o Grupo

Las funciones del monitor de área-asignatura son estrictamente académicas y en común acuerdo con el profesor de la materia y/o director de grupo deben ponerse de acuerdo para evitar malos entendidos, disgustos o enfrentamientos. Sus funciones específicas son:
1. Recoger trabajos del área-asignatura, coordinar actividades en ausencia del profesor.
2. Colaborar a los compañeros que tengan dificultades en dicha área-asignatura.
3. Sugerir a los profesores inquietudes, en el transcurso de las clases, que conlleven al mejoramiento de la enseñanza-aprendizaje.
4. Orientar el desarrollo de tareas a los estudiantes que soliciten ayuda, lo cual no significa que debe resolver las tareas de los demás.
5. Informarle por escrito al director de grupo, consejero, representante y personero, de las anomalías académicas que observe.

ARTÍCULO  32.  Contralor Escolar

La Contraloría Escolar será la encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, como mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los estudiantes, con el fin de fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos. Velará porque los programas y proyectos públicos como los Fondos de Servicio Educativo, Restaurantes Escolares, Tienda Escolar, Proyectos Ambientales y Recreativos, Obras de Infraestructura de la respectiva Institución Educativa y de su entorno cumplan con el objetivo propuesto.

Parágrafo 1. La Contraloría Escolar tendrá como objetivos:
a) Incrementar las competencias de los elementos estudiantiles en el ejercicio del control social sobre la gestión de recursos destinados a la educación.
b) Lograr el reconocimiento de los jóvenes como actores de la cultura política, cívica, social y en el ejercicio del control fiscal. Contribuir a la eficiencia de la transparencia en la gestión educativa en el manejo de los recursos públicos. Generar una cultura participativa e incluyente no solo en la gestión educativa sino en los temas de control fiscal.

Parágrafo 2. La Contraloría Escolar tendrá las siguientes funciones atribuciones:
a)        Contribuir a la creación de la cultura del Control Fiscal, del buen uso y manejo de los recursos públicos y bienes de la institución educativa y de los proyectos del Municipio.
b)        Vincular a los estudiantes en el desarrollo de las tareas que corresponde a la Contraloría Escolar, con el fin de generar una mayor cultura y conocimiento del ejercicio del Control Fiscal que compete a las Contralorías. En el quehacer de cada Institución Educativa, para velar por la gestión y los resultados de la inversión pública en los proyectos de su Entidad.
c)        Velar para que los proyectos ejecutados por las diferentes Secretarlas del Departamento o Municipio y sus Entidades Descentralizadas en la institución educativas en el entorno de ésta, satisfagan los objetivos inicialmente previstos.
d)        Velar porque la disposición, administración y manejo del Fondo de Servicio Educativo, Restaurante Escolar, Tienda Escolar, Proyectos del Presupuesto Participativo, Proyectos del Departamento o Municipio en su respectiva institución educativa y su entorno tengan resultados satisfactorios frente a las necesidades inicialmente establecidas.
e) Velar porque los procesos de contratación que realice la Institución educativa, contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los educandos y educadores.
f) Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Manual de Convivencia, el presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.
g) Presentar a la Contraloría General de Caldas los resultados de las evaluaciones realizadas a los diferentes procesos y proyectos de la institución, para que ésta defina si es procedente o no determinar la existencia de un hecho fiscal.
h) Presentar a la comunidad educativa los resultados de su gestión previa verificación de la Contraloria General de Caldas.

Parágrafo 3. Estructura de la Contraloría Escolar.
La Contraloria Escolar estará compuesta por el Contralor Escolar y el Grupo de Apoyo.

Parágrafo 4. El Contralor Escolar será un estudiante que se encuentre debidamente matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo o undécimo del nivel de Educación media,  elegido democráticamente por los estudiantes matriculados.

Parágrafo 5. Es requisito para ser candidato a Contralor Escolar presentar el Plan de Trabajo. La responsabilidad del Contralor Escolar, es incompatible con la del Personero Estudiantil y con la del representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.

Parágrafo 6. Proceso de elección. 
1. El Contralor Estudiantil será elegido el mismo día de las elecciones para Personero Estudiantil. 
2. Para tal efecto, el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto, el postulante no podrá tener sanciones disciplinarias dentro de los años anteriores a su postulación.
3.Del proceso electoral realizado, se levantará un acta donde conste los candidatos que se postularon a la elección, número de votos obtenidos, la declaratoria de la elección Contralor Escolar y el número de votos obtenidos, y deberá ser firmada por el Rector de la Institución Educativa.
4. Copia de dicha acta deberá ser enviada al contralor General de Caldas y a la Secretaría de Educación Departamental.
5. El Contralor Escolar electo tomará posesión de su cargo ante el contralor general de caldas en ceremonia especial qua se programará para tal efecto.
6. El Contralor Escolar y su grupo de apoyo podrán ser reelegidos.
7. El ejercicio del Contralor Escolar es incompatible con el de Personero y con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Estudiantil.
Parágrafo 7. Incentivos a la participación el ejercicio del cargo de Contralor Escolar, equivaldrá a las horas de prestación de servicio social estudiantil obligatorio.  Para hacerse acreedor de este incentivo deberá ejercer sus funciones durante todo el periodo para el cual fueron elegidos.
Parágrafo 8. Sustitución
Se pierde la condición como contralor estudiantil por incumplimiento reiterado de los deberes establecidos en este reglamento.
El contralor estudiantil destituido por la causa expuesta, será sustituido por quien en la jomada de elección haya ocupado el segundo lugar, previa aceptación de este. este procedimiento se agota en el orden de preferencia según votantes, hasta llegar al estudiante que lo acepte.

 

ARTÍCULO 33. Asamblea General de Padres de Familia

La Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad de padres de familia del establecimiento educativo quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos. Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria del Rector.

ARTÍCULO 34. Consejo de Padres de Familia

El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional, PEI. Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el rector,  convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el consejo de padres de familia. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados.


ARTÍCULO 35. Estructura y funcionamiento del Consejo de Padres de Familia

El consejo de padres de familia deberá conformarse y organizará  comités de trabajo que guarden afinidad con el proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con el Rector. Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por el Rector para tal fin.  Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del Rector o por derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.

ARTÍCULO 36. Funciones del Consejo de Padres de Familia

Corresponde al consejo de padres de familia:
a) Contribuir con el rector  en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas SABER.
b) Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas.
c) Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
d) Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar
estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos de los niños y niñas. 
e) Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
f) Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.
g) Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
h) Elegir a los padres de familias que participarán en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 1290 de 2009.
i) Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
j) Elegir los dos representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del decreto 1286 del 27 de abril del 2005.

Parágrafo 1. El Rector  proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.

Parágrafo 2. El Consejo de Padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.

ARTÍCULO 37. Elección de los Representantes de los Padres Familia para el Consejo Directivo
El Consejo de Padres de Familia, en una reunión convocada para tal fin por el Rector, elegirá dentro de los primeros treinta días del año lectivo a los dos Representantes de los Padres de Familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo. Los Representantes de los Padres de Familia sólo podrán ser reelegidos por un período adicional. En todo caso, los Representantes de los Padres ante el Consejo Directivo deben ser padres de estudiantes del establecimiento educativo. Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no podrán ser Representantes de los Padres de Familia en el Consejo Directivo del mismo establecimiento en que laboran.
Parágrafo. El Representante de Padres al Consejo Directivo, que deje asistir a dos reuniones consecutivas sin justa causa, será relevado por otro padre de familia, que será elegido por el Consejo de Padres.

ARTÍCULO 38. Asociaciones de Padres Familia
Para todos los efectos legales, la Asociación de Padres de Familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo. Existirá una sola Asociación de Padres de Familia por establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y sólo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo.

Parágrafo 1. La Asamblea General de la Asociación de Padres es diferente de la Asamblea General de Padres de Familia, ya que esta última está constituida por todos los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo pertenecientes o no a la asociación.

Parágrafo 2. Cuando el número de afiliados a la Asociación de Padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la Asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo Directivo, caso en el cual el Consejo de Padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del Consejo Directivo.

Parágrafo 3. En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la Asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio.

ARTÍCULO 39. Finalidades de la Asociación de Padres de Familia

Las principales finalidades de la Asociación de Padres de Familia son las siguientes:
a) Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del
establecimiento educativo.
b) Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los
miembros de la comunidad educativa.
c) Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.
d) Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.
e) Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso con la legalidad.
f) Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.

ARTÍCULO 40. Manejo de los recursos de la Asociación de Padres
El patrimonio de la Asociación de Padres de Familia y su gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo. Será administrado únicamente por la Junta Directiva de la Asociación de acuerdo con los estatutos. Esta designará al responsable del recaudo de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación quien, en ningún caso, podrá ser un directivo, administrativo o docente del establecimiento educativo. La Junta Directiva deberá entregar a sus afiliados al menos un informe semestral sobre su gestión académica, administrativa y financiera.

La Junta Directiva designará al responsable del recaudo y uso de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación de acuerdo con la planeación financiera establecida por la misma. El responsable de los aspectos financieros de la asociación deberá tener póliza de manejo.

Los bienes de la Asociación de Padres de Familia que favorezcan a la formación de los educandos podrán ser puestos al servicio del establecimiento en los términos del acuerdo que se establezca entre la asociación y la dirección del establecimiento, en el cual se definan los mecanismos que permitan su uso, sostenimiento y mantenimiento.

Parágrafo. Las cuotas extraordinarias serán de destinación específica y sólo podrán exigirse si son aprobadas por las tres cuartas (3/4) partes de los asistentes a la Asamblea General de Asociados, convocada con la debida anticipación. En ningún caso, la Asociación podrá establecer cuotas que no estén sustentadas en un plan de desarrollo y plan anual de caja.

ARTÍCULO 41. Prohibiciones para las Asociaciones de Padres de Familia

Les está prohibido a las Asociaciones de Padres de Familia:
a) Solicitar a los Asociados o aprobar a cargo de éstos, con destino al establecimiento educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas, formularios o cualquier forma de aporte en dinero o en especie o imponer la obligación de participar en actividades destinadas a recaudar fondos o la adquisición de productos alimenticios de conformidad con lo establecido en la sentencia T-161 de 1994.
b) Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales, adquirir uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios propios de la Asociación o de miembros de ésta o en aquellos con los que establezcan convenios.
c) Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás organismos colectivos del establecimiento educativo o aquellas propias de los organismos y entidades de fiscalización, evaluación, inspección y vigilancia del sector educativo.
d) Organizar, promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o se practiquen juegos de azar.

Parágrafo. Los miembros de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia no podrán contratar con la respectiva Asociación. Tampoco podrán hacerlo sus padres, cónyuges o compañeros permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad.